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Cambios en la venta de medicamentos genéricos con la nueva Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos

Cambios en la venta de medicamentos genéricos con la nueva Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos

Desde del pasado 1 de enero, las oficinas de farmacia ya pueden dispensar indistintamente medicamentos genéricos o de marca, en el caso en el que el médico realice una prescripción basada en el principio activo y siempre que el precio de la medicina sea menor al de su agrupación homogénea. Esto es lo que recoge el cambio en la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos, que acaba así con la norma que daba prioridad a la venta de los genéricos y que fue aprobada en el Real Decreto-ley 16/2012. La facturación por la venta de genéricos alcanzó más de 1.800 millones de euros en ingresos para las farmacias en 2014, creciendo un 6,5% frente a sólo un 0,4% de los productos de marca.

Con la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2016 se han introducido otros cambios, como es la autorización tanto a laboratorios como a distribuidores a ofrecer descuentos superiores al 10% en farmacias comunitarias, cifra que no se podía superar anteriormente. Sin embargo, dicha reducción sólo podrá realizarse si ha sido previamente comunicado al Ministerio de Sanidad y debe estar reflejado en la factura del cliente. También con la aprobación de dicha ley queda derogado de manera definitiva el copago farmacéutico hospitalario, que no llegó a estar en funcionamiento en ninguna ciudad española, a excepción de Ceuta y Melilla. Además, se anula la obligación de que el precio de venta del medicamento al Sistema nacional de Salud fuera inferior, lo que exigía que existiese un importe notificado superior.

Igualmente, el uso de la denominación Especialidad Farmacéutica Genérica será exclusiva de los medicamentos genéricos que hayan sido autorizados mediante su procedimiento específico. Esta identificación garantiza que el producto ha sido aprobado por las autoridades sanitarias por reunir las condiciones de calidad, seguridad y eficacia exigidas. En años anteriores, medicinas de marca habían solicitado el derecho de utilización de las siglas EFG para poder ser dispensados en el caso de una prescripción basada en el principio activo. Pero es a partir de este momento cuando la Agencia Española de Medicamentos sea la encargada de asignar estas siglas sin que las pierdan aquellos productos que ya las tienen.

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